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Se puso violento porque ella no quiso hacerle de comer, la justicia piquense lo condenó a 1 año de prisión Imprimir
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Miércoles, 20 de Noviembre de 2019 18:06
El juez de audiencia de juicio de los tribunales piquenses,  Marcelo Pagano,  condenó a un hombre de 38 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de “amenazas con armas”;a la pena de un año de prisión de ejecución condicional.
 
Además le ordenó el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta, por el término de dos años: fijación de domicilio y no ausentarse del mismo o modificarlo sin previo aviso al Ministerio Público Fiscal o al Juez de Ejecución, y someterse al ente de Políticas Socializadoras.También dispuso el cese de todo acto de perturbación, intimidación y/o molestias respecto a la damnificada- su esposa y madre de un hijo en común-.
 
La sentencia fue firmada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por la fiscal Ivana Hernández, el defensor oficial Guillermo Costantino y el imputado. La damnificada, al ser informada sobre el acuerdo prestó su conformidad.
 
Las pruebas aportadas en el legajo permitieron corroborar que el 25 de noviembre de 2018, el imputado le solicitó a su esposa que le hiciera de comer, y ante su negativa el acusado se puso violento comenzando a insultarla y extrayendo de su cintura un cuchillo que tenía en la cintura, concluyendo su accionar gracias a la intervención de uno de los hijos del matrimonio de 20 años de edad, quien se abalanzó sobre su padre, apretándolo contra la pared para luego empujarlo al exterior de la vivienda.
 
En el fallo Pagano expresó que “resulta preocupante el entorno violento que habría vivido por años la damnificada, preocupación que se acrecienta habida cuenta que han vuelto a convivir desde el mes de mayo del corriente año. Por ello es que requeriré a la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, Delegación Zona Norte dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de La Pampa que a través de la Dirección de Violencia Familiar o de la repartición pública que consideren apropiada, lleven a cabo el abordaje y seguimiento de la pareja constituida por el imputado y la damnificada, con el objeto de determinar la necesidad de tratamiento psicológico y/o cualquier tipo de asistencia que consideren necesario en sus miembros y llevarlos a cabo.”
 
Respecto a la pena a imponer el magistrado expresó que “ la judicatura se encuentra limitada por el pedido de pena solicitado en el acuerdo, tanto por antecedentes jurisprudenciales como por lo establecido en el art. 382 del C.P.P.”. Tuvo en cuenta  como circunstancia atenuante la carencia de antecedentes condenatorios del imputado, y como circunstancia agravante que no fue un hecho aislado, “sino que ha sido uno más dentro de un contexto de violencia de género que ha incluido celos, gritos y agresiones por largo tiempo”.
 
Fuente: Infopico
   Se puso violento porque ella no quiso hacerle de comer, la justicia piquense lo condenó a 1 año de prisión