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Afirman que los afiliados a IOMA no deben abonar ningún monto por asistencia odontológica Imprimir
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Miércoles, 22 de Abril de 2020 12:06
Desde la obra social dieron a conocer que alcanzaron un acuerdo la Federación Odontológica de la provincia de Buenos Aires y la Sociedad Odontológica de La Plata (SOLP).
 
El Instituto Obra Médico Asistencial (IOMA) aseguró que sus afiliados no deben abonar ningún monto que se exija por la atención odontológica de urgencia realizada en el contexto actual de pandemia. Además, explicó que se considera cobro indebido odontológico a toda suma que se solicite por prestaciones odontológicas según “módulo de atención COVID -19”.
 
En el marco de la cuarentena obligatoria, IOMA acordó con la Federación Odontológica de la provincia de Buenos Aires y la Sociedad Odontológica de La Plata (SOLP), que se llevará a cabo la atención de las urgencias con carácter excepcional bajo las recomendaciones sanitarias indicadas por los organismos de la salud.
 
En estas atenciones de urgencias, los afiliados de IOMA no deberán abonar ninguna suma correspondiente a uso de material descartable bajo la nominación de módulo de atención COVID -19. El valor de la prestación será abonado por la obra social al profesional, a través de la Sociedad Odontológica o de la Federación, pero de ninguna manera debe ser solventado por los pacientes.
 
Si bien no corresponde ningún pago bajo la figura de descartables, o kits de seguridad COVID – 19, si en el marco de la pandemia y de la emergencia sanitaria alguna persona que asistió a una consulta odontológica pagó por materiales descartables, deberá exigirle al profesional la factura o recibo correspondiente para tramitar el reintegro ante la Delegación de IOMA. De no recibir factura, podrá denunciar la situación en la página web de la obra social y ésta sancionará a los y las profesionales que hayan realizado el cobro indebido.
 
En tanto, recordaron que atento a lo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación, respecto de la atención odontológica en el marco de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19; se establecieron normas de bioseguridad para las prácticas de urgencia o emergencia odontológica que deben respetar tanto los prestadores profesionales, como los afiliados y afiliadas:
 
El profesional debe estar protegido con: camisolín y cubre zapatos descartables e impermeables, cofia, gafas de protección ocular, pantalla facial protectora, guantes de látex, barbijo N95.
 
Asimismo, el paciente debe concurrir solo al consultorio odontológico, sin acompañante, y siempre que la urgencia no haya podido resolverse por vía telefónica. Además, debe responder unas preguntas referentes a su estado general de salud, descartando que se encuentre padeciendo alguno de los síntomas causantes del COVID-19, o si se encuentra en cuarentena por retorno de viaje al exterior.
 
A su vez, los profesionales que atiendan por urgencias a los afiliados y afiliadas del IOMA en consultorio por alguna de las prácticas que están reconocidas en el módulo COVID-19, no deben exigir el bono odontológico, ni cobrar ningún monto a nuestros afiliados.
 
 
Afirman que los afiliados a IOMA no deben abonar ningún monto por asistencia odontológica